martes, octubre 17, 2006

La LOPCI

El 27 de diciembre del 2005 se aprobó en la Asamblea Nacional la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas. Consta de nueve títulos y 166 artículos. Comienza diciendo: "El Estado venezolano reconoce y protege la existencia de los pueblos indígenas como pueblos originarios, garantizándole los derechos consagrados en la Constitución Bolivariana de Venezuela (...) para asegurar su participación activa en la vida de la Nación venezolana, la preservación de sus culturas, el ejercicio de la libre determinación de sus asuntos internos y las condiciones que los hacen posibles".
Nuestros pueblos indígenas ya tienen un instrumentos jurídico que les da piso para la participación, en cualquier campo, político, económico, social o legal, así como reclamar el derecho originario sobre las tierras que ancestralmente vienen ocupando y de las que muchos han sido despojados.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario


Archivo del Blog